
“¿Existe alguna ley que me obligue a instalar un ascensor en mi edificio? ¿Cuándo debería adquirir un ascensor?” “Cómo sé si debo instalar un ascensor?” “¿Cuándo el ascensor es obligatorio?”, suelen ser algunas de las preguntas que se plantean algunos propietarios de inmuebles, arrendatarios y constructores.
La respuesta es: depende.
¿Qué necesidades promueven la importancia de tener un ascensor?
Como habrás visto, los ascensores son equipos que se encuentran comúnmente en los centros comerciales, hospitales, edificios públicos y también en viviendas para facilitar la comodidad en la movilidad de cualquier tipo de usuario; pero se encuentran ahí porque tienen un propósito que se basa, sobre todo, en la inclusión.
La inclusión de adultos mayores y personas con limitaciones físicas, para las cuales es complicado trasladarse por las escaleras e incluso, a veces, por una rampa.
¿Cuántas personas a tu alrededor tienen más de 65 años y/o viven con alguna discapacidad física? Seguro conoces a varias, ¿verdad?
En Ecuador, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INEC, para el 2021, la cantidad de adultos mayores (+65) asciende a 1.6 millones.
Por otra parte, la cantidad de personas con alguna discapacidad registrada rodea los 500.000.
Es por esto que la instalación de ascensores no se trata de un recurso de lujo, sino de necesidad. A partir de estudios y datos, se han empezado a crear normativas en torno a este tema.
Sin embargo, cabe resaltar que son pocos los que obedecen a estas ordenanzas. Ahora veamos…

Normativa ecuatoriana donde el ascensor es obligatorio
En Quito – Ecuador, la ordenanza municipal 3746 señala que los edificios que tengan cinco pisos o más deben contar con ascensores, incluido el subsuelo.
- Si esta normativa no se cumple en los planos, el Municipio los rechazará.
- Si esta normativa no se ha cumplido en un edificio ya construido, se aplicarán multas que dependerán de la ubicación y metro cuadrado de la construcción.
Normas generales
En conjunto, las Normas Generales de Construcción señalan que:
Toda edificación destinada a hospitales, con 2 o más niveles considerados a partir del nivel de la acera, deberá contar con servicios de elevadores montacamillas, a excepción de aquellas soluciones que sean realizadas mediante rampas.
Pero, ¿cuántos edificios conocemos que llevan años funcionando sin ascensor, en los que incluso habitan personas con discapacidades físicas?
Nosotros conocemos muchos, sobre todo en el sector centro de Guayaquil, al menos hasta lo que va del año 2023 que se ha realizado la última edición de este artículo.
Otras especificaciones técnicas y legales
El propietario del edificio debe pedir al constructor que coloque un elevador en su inmueble, si es que sobrepasa los cuatro pisos de altura; ya que ante cualquier notificación, el dueño es el responsable directo.
Si vas a adquirir un departamento, verifica la existencia de un ascensor y algunos factores como:
- Instalación
- Velocidad
- Uso de suelo
- Estimación de la población
- Capacidad de carga
- Tiempo de espera
- Dimensiones
- Poseer una alarma; pues, en estos aspectos se basa la revisión de las autoridades pertinentes.
Este artículo también podría interesarte: Dónde denunciar un ascensor en mal estado
¡Gracias por leernos!
Si te gustó este artículo, déjanos un comentario. También puedes seguirnos en las redes sociales que te compartiremos abajo. No olvides suscribirte a nuestra newsletter, para recibir cada artículo semanal directo en tu correo.
Si tienes alguna pregunta, contáctanos. ¡Hasta pronto!
Un abrazo, de parte del equipo de Pruna Elevadores.



0 comentarios